Popular 2, parte alta

El ABC del Plan de Ordenamiento Territorial (POT)
La comunidad tuvo la necesidad de aclarar algunas dudas con referencia a obras a corto y largo plazo con relación al POT. En la actualidad, esta Zona al igual que la Comuna 1-Popular, no está vinculada a mega proyectos.
Según Orlando García, quien fue Consejero Territorial de Planeación de la Comuna 1, el Plan de Ordenamiento Territorial estuvo más de un año en un ejercicio de encuentros de ciudad, zonales, comunales y demás, donde se hizo una revisión y ajuste al POT que va hasta el año 2027 y es el Acuerdo 48 de 2014. En este Acuerdo, se evidencias unos acuerdos generales con relación al uso del suelo de la ciudad; sin embargo, para el caso específico del barrio Popular 2, parte alta, no hay proyectos que vayan a impactar a este sector.
Las obras a corto plazo no tienen nada que ver con el Plan de Ordenamiento Territorial, sino con el Plan de Desarrollo de Medellín, desde ahí se ha invertido para la recuperación de varios espacios, se han hecho liberaciones de viviendas que se encontraban en alto riesgo para construir una zona recreativa o parque ambiental.
Popular 2, parte alta, se encuentra incluido dentro del corredor de vida que es el que va por la carrera 46 desde la calle 107 hasta la 121. Otra obra que, también está propuesta, es el mejoramiento de la Institución Educativa Fe y Alegría y la cancha, proyectos que están en el mismo Plan de Desarrollo Local de la Comuna 1.
El Plan de Ordenamiento Territorial da unas líneas generales sobre el uso del suelo, pero es el Plan de Desarrollo Municipal propuesto por cada Alcalde por cuatro años el que propone unas metas de intervención en determinados territorios.
Orlando García, habla, también, sobre el papel de la comunidad y los líderes en la socialización y ejecución de estos proyectos y menciona la importancia de el empoderamiento por parte de los habitantes con todo lo relacionado con el POT y Plan de Desarrollo Municipal. “Está en manos de la misma comunidad empoderarse y conjuntamente reclamar sus derechos, diagnosticar en conjunto cuáles son sus necesidades, que requieren para mejorar su calidad de vida, cuales son los requerimiento en servicios públicos, educación, vivienda y así poder apelar al estado central y local en acciones concretas para el territorio”.
Por otra parte, recuerda el papel que cumplen los consejeros territoriales en sus comunidades, haciendo énfasis en la importancia de acudir a ellos cuando se tenga una inquietud o solicitud y así ellos, a través del derecho de petición, pueden ejercer presión a la administración municipal para que a esa comunidad se le entregue la información detallada, la ventaja es que el consejero territorial tiene gran conocimiento del territorio y es mucho más fácil analizar la información que se brinda.